RESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS/AS FRENTE A TERCEROS Y PROVEEDORES

Cada vez es más frecuente recibir consultas respecto a cuestiones relacionadas con ciertos escenarios que se producen a diario en comunidades de vecinos, sobre todo en temporadas de invierno como la actual en donde debido a las inclemencias meteorológicas se producen la mayor parte de siniestros y reparaciones extraordinarias del año. Es fundamental contar con profesionales especializados en los distintos ámbitos y aún así muchas veces lo que aparenta ser una reparación sencilla se acaba convirtiendo en pesadilla de cuantos agentes convivimos en el ecosistema, propietarios/as, administradores de fincas, seguros, proveedores y terceros.

En el artículo 22 de la Ley de Propiedad Horizontal encontramos la respuesta. Pongamos un ejemplo, en una comunidad lleva a cabo un cambio de cubierta.

Si la comunidad, finalizada la obra no paga, responderá con todos los créditos que tenga a su favor incluyendo, liquidez en cuentas bancarias, deudas pendientes de morosos, u otros derechos de cobro sobre terceros. Pero ¿que implica todo esto para un propietario/a?

Lo que frecuentemente se desconoce es que, si el acreedor inicia la vía judicial frente a la comunidad podrán también ser parte de la misma los comuneros de forma individualizada, respondiendo subsidiariamente por las deudas de la primera incluso tendrán que abonar la parte proporcional de las costas solo podríamos eximirnos únicamente si abonamos nuestra parte antes del requerimiento.

Lo anterior es un matiz importante, deberá existir un requerimiento previo a la comunidad de propietarios/as en su conjunto, no siendo imperativo cursarla de forma individualizada y tras ese requerimiento podrá “… dirigirse contra cada propietario que hubiese sido parte en el correspondiente proceso por la cuota que le corresponda en el importe insatisfecho”.

El embargo de las cuotas ordinarias sería otra posibilidad, más compleja a mi modo de ver sobre todo procesalmente, pero si existiera un procedimiento en vía ejecutiva, se podrían embargan los bienes presentes y futuros, es decir los créditos, si bien no serán exigibles hasta que se devenguen (recibo ordinario) pudiendo dejar a la comunidad de adoptarse dicha medida en una situación límite, toda vez que quizás no se podrían asumir reparaciones, servicios de mantenimiento u otros gastos ordinarios.

Para resolver el conflicto de forma eficiente, lo lógico será convocar una Junta Extraordinaria aprobando una derrama para hacer frente a las deudas, ya que como hemos visto, cualquier proveedor podrá reclamar los créditos frente a la comunidad y a los propietarios/as.

Comparte este artículo en tus redes

No hay productos en el carrito.

Toll Free
1-885-245-45635
New York
1-455-245-45623
Toronto
1-657-544-45623
Resumen de privacidad

RESPONSABLE 

ARIAS AVOGADOS, S.C.

N.I.F.: J-42.739.680

Dirección: Rúa Concordia, nº1, Entlo A-B, 32003, Ourense.

Teléfono: 988 609 224

Correo Electrónico: [email protected]

FINALIDAD

ARIAS AVOGADOS, S.C. tratará los datos de sus clientes/usuarios con la finalidad de incorporarlos al sistema de tratamiento del que es responsable y llevar a cabo la prestación de los servicios propios de un despacho de abogados.

-No existirán decisiones automatizadas ni se elaborarán perfiles a partir del tratamiento de sus datos.

-Los datos proporcionados a ARIAS AVOGADOS, S.C. se conservarán durante el tiempo que dure la relación profesional.

Dichos datos permanecerán en el sistema de tratamiento del responsable. Una vez finalizada la relación profesional, los datos personales facilitados se destruirán en el plazo de 30 días desde la fecha de finalización, salvo que por imperativo legal se tenga la obligación de conservarlos.

LEGITIMACIÓN

Consentimiento expreso del Cliente (art. 6.1 a) RGPD), y Ejecución contrato prestación de servicios (art. 6.1 a) RGPD).

DESTINATARIOS

El Cliente/Interesado/a consiente expresamente la cesión de sus datos cando sea necesario para la mejor prestación del servicio, siempre que únicamente se cedan los datos imprescindibles para tal fin. Se procederá a ceder datos del  Cliente a las entidades públicas o privadas necesarias (Gestoría e Informático), siempre y cuando sean adecuados y guarden relación con la finalidad que se persigue.

El consentimiento de cesión a terceros podrá ser revocado en cualquier momento con independencia de la prestación de servicios mediante comunicación al Responsable de Tratamiento, de acuerdo al apartado siguiente, DERECHOS.

-No se contemplan transferencias internacionales de los datos.

DERECHOS

El Cliente/Interesado/a tiene derecho a obtener el acceso a sus datos, a su rectificación o supresión, a la limitación de su tratamiento, o a oponerse al mismo, así como a la portabilidad de sus datos, solicitándolo mediante comunicación al Responsable de tratamiento, bien en el domicilio profesional en Rúa Concordia, nº1, Entlo A-B, 32003, Ourense,  en la dirección de correo electrónico: [email protected], y si no se obtiene respuesta, directamente ante la AEPD en www.aepd.es adjuntando, en ambos casos, fotocopia de documento identificativo (D.N.I., N.I.E., o Pasaporte).