¿Camino público o serventía?

En Galicia es habitual la confusión entre caminos públicos y serventías debido a la existencia de numerosos caminos rurales de origen antiguo, la falta de inventarios municipales completos y la ausencia de documentación clara sobre su titularidad. Esta situación genera conflictos entre propietarios y ayuntamientos, especialmente porque la calificación del camino determina quién debe asumir su mantenimiento, su regulación y las responsabilidades derivadas de su uso.

La jurisprudencia gallega —entre otras, STSJ Galicia 450/2011, de 5 de mayo; SAP Pontevedra 54/2007, de 1 de febrero; y SAP Pontevedra 454/2017, de 13 de octubre— establece que la naturaleza del camino debe resolverse en vía civil y que el inventario municipal solo tiene valor indiciario. Para apreciar la demanialidad, los tribunales analizan su destino al uso general, la existencia de mantenimiento municipal, su reflejo en documentación histórica o su función de conexión entre vías públicas.

Por el contrario, cuando concurren las presunciones del artículo 78 de la Ley de Derecho Civil de Galicia —uso continuado vinculado al agro o vilar, origen en una partición, mención en los títulos de las fincas servidas o utilización para acceder a predios sin otra salida—, se presume la existencia de una serventía. Incluso sin estas presunciones, si el camino carece de mantenimiento municipal, no aparece en el inventario ni en documentos registrales como público, y los vecinos manifiestan su uso privado, los tribunales suelen considerarlo una servidumbre privada.

El TSJ de Galicia, en su Sentencia 450/2011, ha reconocido expresamente la “serventía por exclusión”, de modo que, cuando no se acredita la condición de camino público, debe presumirse la titularidad privada conforme al artículo 78 Ley de Derecho Civil de Galicia, especialmente si la administración no ha ejercido funciones de policía, conservación o señalización.

En suma, la problemática gallega exige un análisis detallado de los indicios de cada caso, si bien, ante la ausencia de pruebas claras de demanialidad, la respuesta judicial más frecuente es la consideración del camino como serventía, por tratarse de un uso estrictamente vinculado a fincas privadas y no al tránsito general. Ello permite evitar la imputación indebida al ayuntamiento de obligaciones o responsabilidades que no le corresponden.

 

Comparte este artículo en tus redes

No hay productos en el carrito.

Toll Free
1-885-245-45635
New York
1-455-245-45623
Toronto
1-657-544-45623
Resumen de privacidad

RESPONSABLE 

ARIAS AVOGADOS, S.C.

N.I.F.: J-42.739.680

Dirección: Rúa Concordia, nº1, Entlo A-B, 32003, Ourense.

Teléfono: 988 609 224

Correo Electrónico: [email protected]

FINALIDAD

ARIAS AVOGADOS, S.C. tratará los datos de sus clientes/usuarios con la finalidad de incorporarlos al sistema de tratamiento del que es responsable y llevar a cabo la prestación de los servicios propios de un despacho de abogados.

-No existirán decisiones automatizadas ni se elaborarán perfiles a partir del tratamiento de sus datos.

-Los datos proporcionados a ARIAS AVOGADOS, S.C. se conservarán durante el tiempo que dure la relación profesional.

Dichos datos permanecerán en el sistema de tratamiento del responsable. Una vez finalizada la relación profesional, los datos personales facilitados se destruirán en el plazo de 30 días desde la fecha de finalización, salvo que por imperativo legal se tenga la obligación de conservarlos.

LEGITIMACIÓN

Consentimiento expreso del Cliente (art. 6.1 a) RGPD), y Ejecución contrato prestación de servicios (art. 6.1 a) RGPD).

DESTINATARIOS

El Cliente/Interesado/a consiente expresamente la cesión de sus datos cando sea necesario para la mejor prestación del servicio, siempre que únicamente se cedan los datos imprescindibles para tal fin. Se procederá a ceder datos del  Cliente a las entidades públicas o privadas necesarias (Gestoría e Informático), siempre y cuando sean adecuados y guarden relación con la finalidad que se persigue.

El consentimiento de cesión a terceros podrá ser revocado en cualquier momento con independencia de la prestación de servicios mediante comunicación al Responsable de Tratamiento, de acuerdo al apartado siguiente, DERECHOS.

-No se contemplan transferencias internacionales de los datos.

DERECHOS

El Cliente/Interesado/a tiene derecho a obtener el acceso a sus datos, a su rectificación o supresión, a la limitación de su tratamiento, o a oponerse al mismo, así como a la portabilidad de sus datos, solicitándolo mediante comunicación al Responsable de tratamiento, bien en el domicilio profesional en Rúa Concordia, nº1, Entlo A-B, 32003, Ourense,  en la dirección de correo electrónico: [email protected], y si no se obtiene respuesta, directamente ante la AEPD en www.aepd.es adjuntando, en ambos casos, fotocopia de documento identificativo (D.N.I., N.I.E., o Pasaporte).